Artículo 24.- Para dar cumplimiento al artículo anterior la SENER, la SADER, y la SEMARNAT pueden:
- Establecer mecanismos de participación social, principalmente para las poblaciones más vulnerables, que representen una oportunidad para mejorar su bienestar con prosperidad compartida;
- Celebrar convenios de concertación con organizaciones sociales, privadas y académicas relacionadas con las actividades en materia de Producción y uso de Biocombustibles, así como la sustentabilidad de estas actividades, a efecto de emprender acciones conjuntas;
- Promover el reconocimiento a los esfuerzos más destacados de la sociedad para propiciar la producción de Biomasa en Suelos Marginales para el uso directo como Biocombustible o para su Producción, el aprovechamiento y valorización de los residuos orgánicos y el tratamiento de aguas residuales para su uso directo como Biocombustibles o para su Producción, así como la sustentabilidad de estas actividades, y
- Concertar acciones e inversiones con los sectores social y privado con la finalidad de propiciar el desarrollo sustentable de Biocombustibles.