Artículo 32.- Los permisos y autorizaciones a que se refiere el presente Capítulo se otorgan, modifican, actualizan, suspenden, revocan y extinguen con base en el Reglamento de y, en su caso, los lineamientos específicos emitidos por las autoridades competentes, los cuales al menos deben señalar:
- Los términos y condiciones para el otorgamiento, modificación, cesión, actualización, suspensión, revocación y extinción de los permisos y autorizaciones;
- El contenido y los requisitos de los avisos de inicio de operaciones correspondientes a los permisos, así como la documentación que se debe anexar;
- El contenido de las Bitácoras, así como los procedimientos para su revisión;
- La obligación de entrega de la información suficiente y adecuada por parte de las personas permisionarias para fines de regulación y estadísticos, y
- La vigencia de los permisos y autorizaciones, el procedimiento y los requisitos para su prórroga, actualización o cesión.