Artículo 38.- La , la SADER y la SEMARNAT, en el ámbito de sus respectivas atribuciones, puede comprobar el cumplimiento de las disposiciones contenidas en la y las que deriven de ella mediante visitas de verificación o los mecanismos que estas dependencias definan para ello y, en su caso, determinar las infracciones e imponer las sanciones correspondientes, sujetándose a lo dispuesto en la .