Ley [LBio]

Articulo 9

Ley De Biocombustibles

Artículo 9.- Para instrumentar las acciones necesarias para el cumplimiento de , los convenios o acuerdos de coordinación que suscriban las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal con los gobiernos de las entidades federativas, los municipios y las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México pueden tener por objeto, entre otros:

  1. Impulsar la creación de empresas mexicanas cuyo objeto sea el aprovechamiento y valorización de los residuos orgánicos para su uso directo como Biocombustible o, en su caso, como insumo para la Producción de Biocombustibles;
  2. Impulsar la creación a nivel nacional de personal capacitado, recursos materiales y financieros, así como la estructura institucional específica para el desarrollo de actividades, las capacidades técnicas y de supervisión y control que les permitan asumir facultades que para tales efectos requiera la autoridad federal en materia de Biocombustibles;
  3. Aplicar criterios de sustentabilidad establecidos en la regulación aplicable para la producción de Biomasa en Suelos Marginales, el aprovechamiento y valorización de residuos orgánicos y el tratamiento de aguas residuales para su uso como Biocombustibles o para su Producción, el uso directo de Biomasa como Biocombustible, así como la Producción, Almacenamiento, Transporte, Comercialización, Distribución y Expendio al Público de Biocombustibles, a efecto de salvaguardar el medio ambiente y la seguridad y soberanía alimentaria y energética del país;
  4. Promover el aprovechamiento y valorización de residuos orgánicos y el tratamiento de aguas residuales para su uso como Biocombustibles o para su Producción, así como el uso directo de Biomasa como Biocombustible;
  5. Fomentar la investigación, el desarrollo tecnológico, la transferencia de tecnología y la capacitación para el aprovechamiento y valorización de residuos orgánicos y el tratamiento de aguas residuales para su uso como Biocombustibles o para su Producción, así como la producción sustentable de la Biomasa en Suelos Marginales;
  6. Establecer mecanismos conjuntos de información, participación social y concertación con organizaciones sociales y privadas, para el aprovechamiento y valorización de residuos orgánicos y el tratamiento de aguas residuales para su uso como Biocombustibles o para su Producción, así como la producción sustentable de la Biomasa en Suelos Marginales, y
  7. Llevar a cabo acciones para el monitoreo y seguimiento en la reducción de las emisiones contaminantes a la atmosfera, así como de gases y compuestos de efecto invernadero, derivadas de la sustitución de combustibles fósiles por Biocombustibles.
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