Ley [LGMIME]
Articulo 1
Ley General De Los Medios De Impugnación En Materia Electoral
- La es de orden público, de observancia general en toda la República y reglamentaria de los artículos , , y de la .
- A falta de disposición expresa, es de aplicación supletoria en materia de impartición de justicia electoral en las entidades federativas.