Ley [LGMIME]
Articulo 46
Ley General De Los Medios De Impugnación En Materia Electoral
- En lo que no contravenga al régimen laboral de las personas servidoras públicas del previsto en la y en el Estatuto del Servicio Profesional Electoral, se aplicarán en forma supletoria y en el orden siguiente:
- ;
- ;
- ;
- Leyes de orden común;
- Principios generales de derecho, y
- Equidad.