Ley [LGMIME]
Articulo noveno
Ley General De Los Medios De Impugnación En Materia Electoral
noveno.. Las erogaciones que se generen con motivo de la entrada en vigor del presente Decreto se realizarán con cargo al presupuesto aprobado al Instituto Nacional Electoral, por lo que no se autorizarán recursos adicionales para tales efectos ni en los ejercicios fiscales subsecuentes.