Ley [LGMIME]
Articulo octavo
Ley General De Los Medios De Impugnación En Materia Electoral
octavo.. Los acuerdos mediante los cuales el Instituto Nacional Electoral haya ejercido la facultad de atracción a la entrada en vigor del presente Decreto, conservarán su vigencia y objeto en sus términos y, en lo aplicable, se ejecutarán en la organización de los procesos electorales federal y locales de 2023-2024.