Ley [LGPGIR]

Articulo 14

Ley General Para La Prevención Y Gestión Integral De Los Residuos

Artículo 14.- Los gobiernos de las entidades federativas podrán suscribir entre sí y con los municipios que corresponda, acuerdos de coordinación, a efecto de que participen en la realización de las funciones señaladas en el artículo de .

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