Ley [LGPGIR]

Articulo quinto

Ley General Para La Prevención Y Gestión Integral De Los Residuos

TRANSITORIOS

quinto..- Los gobiernos de las entidades federativas y de los municipios, deberán expedir y, en su caso, adecuar sus leyes, reglamentos, bandos y demás disposiciones jurídicas, de acuerdo con las competencias que a cada uno corresponda.

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