Ley [LGPGIR]
Articulo quinto
Ley General Para La Prevención Y Gestión Integral De Los Residuos
quinto..- Los gobiernos de las entidades federativas y de los municipios, deberán expedir y, en su caso, adecuar sus leyes, reglamentos, bandos y demás disposiciones jurídicas, de acuerdo con las competencias que a cada uno corresponda.