Ley [LGEC]
Articulo tercero
Ley General De Economía Circular
tercero.. El Programa Nacional de Economía Circular se publicará en el en un plazo no mayor a ciento ochenta días naturales, contados a partir de la publicación del Reglamento de la . En la identificación de sectores productivos y categorías de productos del Programa 2026-2030 deben incluirse aquellos correspondientes al plástico que, en términos de los procedimientos de la , determine la Secretaría.