Ley [LGPAS]
Articulo 37
Ley General De Pesca Y Acuacultura Sustentables
Artículo 37.- Los programas de ordenamiento pesquero deberán contener, al menos:
- La delimitación precisa del área que abarcará el programa;
- Lista exhaustiva y actualizada de los usuarios de la región;
- Recursos pesqueros sujetos a aprovechamiento; y
- Los planes de manejo pesquero sancionados y publicados.