Ley [LNMASCMP]

Articulo 45

Ley Nacional De Mecanismos Alternativos De Solución De Controversias En Materia Penal

Artículo 45. Coordinación entre la Federación y entidades federativas

La Fiscalía General de la República y procuradurías y fiscalías generales de las entidades federativas, así como el Poder Judicial de la Federación y de las entidades federativas podrán celebrar convenios de colaboración para el cumplimiento de los objetivos previstos en .

Artículo reformado DOF

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