Ley [LNMASCMP]
Articulo tercero
Ley Nacional De Mecanismos Alternativos De Solución De Controversias En Materia Penal
tercero.. A partir de la entrada en vigor del presente Decreto, el Poder Judicial de la Federación y los poderes judiciales de las entidades federativas que cuenten con un Órgano, conformarán, dentro del término de sesenta días hábiles, el Consejo a que se refiere el artículo de la .