Ley [LRASCAP]
Articulo 85
Ley Para Regular Las Actividades De Las Sociedades Cooperativas De Ahorro Y Préstamo
Artículo 85.- El Comité de Protección al Ahorro Cooperativo podrá determinar la implementación por parte de las Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo con Niveles de Operación I a IV de alguno de los mecanismos siguientes:
- Escisión.
- Fusión.
- Otras que contribuya a disminuir el riesgo de insolvencia o quebranto.
- Disolución y liquidación, así como concurso mercantil en términos de la y de las bases constitutivas.