Ley [LRASCAP]
Articulo 89
Ley Para Regular Las Actividades De Las Sociedades Cooperativas De Ahorro Y Préstamo
Artículo 89.- Para el caso de que el Comité de Protección al Ahorro Cooperativo determine como mecanismo a seguir la disolución y liquidación de la Sociedad Cooperativa de Ahorro y Préstamo con Niveles de Operación I a IV, y el consecuente pago de los depósitos de dinero, los pasivos a cargo de la Sociedad Cooperativa de Ahorro y Préstamo serán cubiertos de conformidad con lo señalado en el Capítulo IV de este Título.