Ley [124]

Articulo 43

Ley Federal Del Mar

Artículo 43.- La Zona Contigua de México se extiende a 24 millas marinas (44,448 metros), contadas desde las líneas de base a partir de las cuales, de conformidad con el Artículo de , y con las disposiciones pertinentes de su Reglamento, se mide la anchura del Mar Territorial mexicano.

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