Ley [167]
Articulo 51
Ley Orgánica Del Banco Nacional Del Ejército, Fuerza Aérea Y Armada
Artículo 51.- Las operaciones y servicios de la Sociedad se regirán por lo dispuesto en la y supletoriamente por la Ley Reglamentaria del Servicio Público de Banca y Crédito, por la Ley Orgánica del , y por las demás disposiciones aplicables.