Ley [167]

Articulo 51

Ley Orgánica Del Banco Nacional Del Ejército, Fuerza Aérea Y Armada

Artículo 51.- Las operaciones y servicios de la Sociedad se regirán por lo dispuesto en la y supletoriamente por la Ley Reglamentaria del Servicio Público de Banca y Crédito, por la Ley Orgánica del , y por las demás disposiciones aplicables.

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