Ley [LFAEBSP]
Articulo 38 bis
Ley Federal Para La Administración Y Enajenación De Bienes Del Sector Público
Artículo 38 bis.- Tratándose de la enajenación a través del procedimiento de licitación pública, los participantes deberán entregar al Instituto su postura en sobre cerrado y la postura más alta determinará el ganador y el precio de la transacción.
Artículo adicionado DOF . Reformado DOF