Ley [LFAEBSP]
Articulo 47
Ley Federal Para La Administración Y Enajenación De Bienes Del Sector Público
Artículo 47.- Las bases estarán a disposición de los interesados a partir de la fecha de publicación de la convocatoria y hasta antes del acto de presentación de ofertas de compra y contendrán, como mínimo, lo siguiente:
Párrafo reformado DOF
- I- La referencia exacta de la convocatoria a la cual corresponden las mismas;
- II- Los elementos a que se refieren las fracciones II, VII, X y XIII, del artículo de ;
Fracción reformada DOF
- III- Los documentos por los cuales el interesado acreditará su personalidad jurídica;
- IV- Instrucciones para elaborar y entregar o presentar ofertas de compra, haciendo mención de que dichas ofertas deberán ser en firme;
- V- Lugar, fecha y hora en que los interesados podrán obtener las bases de licitación, y en su caso, el costo y forma de pago de la mismas;
- VI- Los criterios claros y detallados para la adjudicación del bien;
- VII- Forma y términos para la formalización de la operación y entrega física del bien. En el caso de inmuebles, los gastos, incluyendo los de escrituración, serán por cuenta y responsabilidad absoluta del adquirente. Tratándose de contribuciones, éstas se enterarán por cada una de las partes que las causen;
- VIII- El señalamiento de las causas de descalificación de la licitación;
- IX- La indicación de que ninguna de las condiciones de las bases de licitación, así como las proposiciones presentadas por los licitantes, podrán ser negociadas;
- X- La indicación de que no podrán participar las personas que se encuentren en los supuestos previstos en el artículo de la Ley;
- XI- La indicación de que el fallo se dará a conocer por el mismo medio en que se hubiera hecho la convocatoria en junta pública, o mediante el uso de las tecnologías de la información y comunicación, según se determine;
Fracción reformada DOF
- XII- Cualquier otra que de acuerdo a la naturaleza de los Bienes o su condición de venta señale el Instituto;
Fracción reformada DOF
- XIII- Forma y monto de la garantía de seriedad de ofertas y de cumplimiento de las obligaciones que se deriven de los contratos de compraventa que, en su caso, deberán otorgar los interesados, de conformidad con las disposiciones establecidas por la , y
Fracción adicionada DOF
- XIV- Criterios para la evaluación de las ofertas de compra y para la adjudicación.
Fracción adicionada DOF