Ley [LFAEBSP]

Articulo 52

Ley Federal Para La Administración Y Enajenación De Bienes Del Sector Público

Artículo 52.- El Instituto, de acuerdo con lo dispuesto por el artículo de , llevará a cabo el procedimiento de subasta pública, electrónica o presencial, el cual deberá efectuarse dentro de los diez días hábiles siguientes a la publicación de la convocatoria.

Artículo reformado DOF

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