Ley [LFAEBSP]
Articulo 54
Ley Federal Para La Administración Y Enajenación De Bienes Del Sector Público
Artículo 54.- Sin perjuicio de la aplicación de las disposiciones previstas en los Capítulos I y III del presente Título, serán aplicables a la subasta las disposiciones que correspondan a la licitación pública, en lo que no contravengan a su regulación específica.