Ley [LFCPo_190521]

Articulo 30

Ley Federal De Consulta Popular

Artículo 30. La Convocatoria de consulta popular deberá contener:

  1. Fundamentos legales aplicables;
  2. Fecha en que habrá de realizarse la consulta popular;

    Fracción reformada DOF

  3. Breve descripción de la materia sobre el tema de trascendencia nacional o regional, competencia de la Federación que se somete a consulta;

    Fracción reformada DOF

  4. La pregunta a consultar, y
  5. Lugar y fecha de la emisión de la Convocatoria.
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