Artículo 9.- En la migración de áreas bajo Asignación al esquema de Contrato de licencia en términos de la , la Secretaría debe determinar los términos económicos a que se refiere el apartado A del artículo de , cuidando que los ingresos a través del tiempo para el Estado no sean inferiores a los que se hubieran obtenido bajo la Asignación original.
Artículo reformado DOF