Ley [LOPGJDF]
Articulo 31
Ley Orgánica De La Procuraduría General De Justicia Del Distrito Federal
Artículo 31. La Subprocuraduría de Procesos, tendrá bajo su dirección y supervisión a las Fiscalías, y las Direcciones que a continuación se mencionan:
- Fiscalía de Procesos en Juzgados Penales Norte;
- Fiscalía de Procesos en Juzgados Penales Oriente;
- Fiscalía de Procesos en Juzgados Penales Sur;
- Fiscalía de Procesos en Juzgados de Paz Penal;
- Fiscalía de Procesos en Juzgados Civiles y de Extinción de Dominio;
- Fiscalía de Procesos en Juzgados Familiares;
- Fiscalía de Mandamientos Judiciales;
- Dirección de Consignaciones; y,
- Dirección de Procesos en Salas Penales.