Ley [LOPGJDF]

Articulo 4

Ley Orgánica De La Procuraduría General De Justicia Del Distrito Federal

Artículo 4. (Consignación). Las atribuciones relativas al ejercicio de la acción penal ante los órganos jurisdiccionales comprenden:

  1. Ejercer la acción penal ante el órgano jurisdiccional competente, por los delitos del orden común, solicitando las órdenes de aprehensión, de comparecencia o de presentación;
  2. Ejercer la acción de remisión ante el juez especializado en Justicia para Adolescentes en el Distrito Federal;
  3. Poner a disposición de la autoridad judicial a las personas contra las que se ejercite acción penal con detenido;
  4. Solicitar el aseguramiento precautorio de bienes o la de garantías para los efectos de la reparación del daño, salvo que el inculpado los hubiese garantizado previamente; y,
  5. Las demás que establezcan las normas legales aplicables.
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