Ley [LOPGJDF]
Articulo 49
Ley Orgánica De La Procuraduría General De Justicia Del Distrito Federal
Artículo 49. (Personal administrativo). Para ingresar a la Procuraduría como personal administrativo, se deberá presentar y aprobar los exámenes de selección, las evaluaciones psicológicas y acreditar los cursos de capacitación y actualización que prevean las normas reglamentarias de y demás disposiciones legales aplicables.
El personal administrativo de la Institución tendrá preferencia para ocupar los puestos de Oficial Secretario, Agente de la Policía de Investigación o Perito, cuando reúna los requisitos necesarios para dichos nombramientos.