Ley [LOPGJDF]
Articulo segundo
Ley Orgánica De La Procuraduría General De Justicia Del Distrito Federal
Artículo segundo. Este decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación.
Ley [LOPGJDF]
Ley Orgánica De La Procuraduría General De Justicia Del Distrito Federal
Artículo segundo. Este decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación.