Ley [LPDUSF]

Articulo sexto

Ley De Protección Y Defensa Al Usuario De Servicios Financieros

TRANSITORIOS

sexto..- El personal de las Comisiones Nacionales que en aplicación de la pase a formar parte de la Comisión Nacional, en ninguna forma resultará afectado en sus derechos laborales adquiridos.

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