Ley [LASoc]

Articulo 31

Ley De Asistencia Social

Artículo 31.- Para el estudio, planeación y despacho de los asuntos que le competen, El Organismo contará con los siguientes órganos superiores:

  1. Junta de Gobierno, y
  2. Dirección General.
La vigilancia de la operación del Organismo quedará a cargo de un Comisario.
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