Ley [LBOGM]
Articulo noveno
Ley De Bioseguridad De Organismos Genéticamente Modificados
Artículo noveno.- El CONACyT realizará lo necesario para modificar el fideicomiso que tiene establecido para el manejo de recursos de la Comisión Intersecretarial creada mediante el Acuerdo Presidencial publicado en el el 5 de noviembre de 1999, para dar cumplimiento a , a efecto de que opere en lo sucesivo como el Fondo para el Fomento y Apoyo a la Investigación Científica y Tecnológica en Bioseguridad y Biotecnología que establece el .