Ley [LFCE]
Articulo 100
Ley Federal De Competencia Económica
LIBRO Tercero TÍTULO Iv CAPÍTULO IV
Artículo 100. El Agente Económico sujeto a una investigación por práctica monopólica relativa o concentración ilícita podrá, por una sola ocasión, manifestar por escrito su voluntad de acogerse al beneficio de dispensa o reducción del importe de las multas establecidas en , siempre y cuando solicite acogerse a este beneficio y presente a la Comisión:
Párrafo reformado DOF
- Su compromiso para suspender, suprimir o corregir la práctica o concentración correspondiente, a fin de restaurar el proceso de libre concurrencia y competencia económica, y
- Los medios propuestos para suspender, suprimir o corregir la práctica monopólica relativa o concentración ilícita objeto de la investigación, que deben ser jurídica y económicamente viables e idóneos para tal efecto, señalando los plazos y términos para su comprobación.
Fracción reformada DOF
El Agente Económico que presente la solicitud a la que hace referencia este artículo antes de que la Autoridad Investigadora amplíe por tercera ocasión el periodo de investigación previsto en el artículo de , podrá obtener la totalidad del beneficio por lo que podrá cerrar el expediente sin imputar responsabilidad alguna.
Párrafo adicionado DOF
Transcurrido el plazo establecido en el párrafo anterior, el Agente Económico correspondiente solo podrá presentar su solicitud durante el procedimiento seguido en forma de juicio y hasta antes de la integración del expediente. En caso de que se acepten los compromisos en esta etapa, la Comisión podrá imputar responsabilidad y el Agente Económico se hará acreedor a una reducción de hasta el cincuenta por ciento de la multa que, en su caso, le hubiera correspondido.
Párrafo adicionado DOF
En el supuesto previsto en el párrafo anterior, el Agente Económico deberá incluir en su solicitud, además de lo señalado en , el Reglamento y las Disposiciones Regulatorias, el reconocimiento de la práctica monopólica o la concentración ilícita que le haya sido imputada en el dictamen de probable responsabilidad correspondiente.
Párrafo adicionado DOF
El Reglamento establecerá el procedimiento conforme al cual se desahogará el procedimiento para el otorgamiento del beneficio a que hace referencia este artículo.
Párrafo adicionado DOF