Ley [LFCE]
Articulo 11
Ley Federal De Competencia Económica
LIBRO Primero TÍTULO Ii CAPÍTULO I SECCIÓN I
Artículo 11. El domicilio de la Comisión será la Ciudad de México y, sujeta a la disponibilidad presupuestaria, podrá establecer oficinas de representación fuera de la Ciudad de México.
Artículo reformado DOF