Ley [LFCE]
Articulo 13
Ley Federal De Competencia Económica
LIBRO Primero TÍTULO Ii CAPÍTULO II SECCIÓN I
Artículo 13. En la Comisión se garantizará la separación entre la unidad que conoce de los procedimientos de investigación y el Pleno, quien resolverá dichos procedimientos.
Artículo reformado DOF