Ley [LFCE]

Articulo 7

Ley Federal De Competencia Económica

LIBRO Primero TÍTULO I

Artículo 7. No constituyen monopolios las asociaciones de trabajadores constituidas conforme a la legislación de la materia para la protección de sus propios intereses.

Tampoco constituyen monopolios los privilegios que por determinado tiempo se conceden a los autores y artistas para la producción de sus obras y los que se otorguen a los inventores y perfeccionadores para el uso exclusivo de sus inventos o mejoras.

Los Agentes Económicos referidos en los dos párrafos anteriores estarán sujetos a lo dispuesto en respecto de los actos que no estén expresamente comprendidos dentro de la protección que señala el artículo de la .

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