Ley [LGEEPA]
Articulo 116
Ley General Del Equilibrio Ecológico Y La Protección Al Ambiente
Artículo 116.- Para el otorgamiento de estímulos fiscales, las autoridades competentes considerarán a quienes:
- Adquieran, instalen u operen equipo para el control de emisiones contaminantes a la atmósfera;
- Fabriquen, instalen o proporcionen mantenimiento a equipo de filtrado, combustión, control, y en general, de tratamiento de emisiones que contaminen la atmósfera;
- Realicen investigación científica y tecnológica e innovación, cuya aplicación disminuya la generación de emisiones contaminantes, y
Fracción reformada DOF
- Ubiquen o relocalicen sus instalaciones para evitar emisiones contaminantes en zonas urbanas.