Ley [LOPSRM]
Articulo 35
Ley De Obras Públicas Y Servicios Relacionados Con Las Mismas
Artículo 35. Para la junta de aclaraciones se considerará lo siguiente:
El acto será presidido por la persona servidora pública designada por la convocante, quién deberá ser asistida por un representante del área requirente de los trabajos, a fin de que se resuelvan en forma clara y precisa las dudas y planteamientos de los licitantes relacionados con los aspectos contenidos en la convocatoria.
Las personas que pretendan solicitar aclaraciones a los aspectos contenidos en la convocatoria, deberán presentar un escrito a través de la Plataforma, en el que expresen su interés en participar en la licitación, por sí o en representación de un tercero, manifestando en todos los casos los datos generales del interesado y, en su caso, del representante.
Una vez enviando el escrito a través de la Plataforma, esta emitirá el acuse electrónico respectivo.
Las solicitudes de aclaración deberán enviarse a través de la Plataforma, a más tardar veinticuatro horas antes de la fecha y hora en que se vaya a realizar la citada junta.
Al concluir la junta de aclaraciones podrá señalarse fecha y hora para la celebración de una junta más, considerando que entre la fecha para la última junta y la fecha para el acto de presentación y apertura de proposiciones deberá existir un plazo de al menos seis días naturales. De resultar necesario, la fecha señalada en la convocatoria para realizar el acto de presentación y apertura de proposiciones podrá diferirse.
De cada junta de aclaraciones se levantará acta y se subirá a la Plataforma en la que se harán constar los cuestionamientos formulados por los interesados y las respuestas de la convocante. En el acta correspondiente a la última junta de aclaraciones se indicará expresamente esta circunstancia.
Artículo reformado DOF , ,