Ley [LOPSRM]

Articulo 52 bis

Ley De Obras Públicas Y Servicios Relacionados Con Las Mismas

Artículo 52 bis. El uso de la Bitácora es obligatorio en cada uno de los contratos de obras y servicios. Su elaboración, control y seguimiento se hará por medios remotos de comunicación electrónica, para lo cual la Secretaría implementará el programa informático que corresponda.

Artículo adicionado DOF . Reformado DOF

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