Ley [LOPSRM]
Articulo 52 bis
Ley De Obras Públicas Y Servicios Relacionados Con Las Mismas
Artículo 52 bis. El uso de la Bitácora es obligatorio en cada uno de los contratos de obras y servicios. Su elaboración, control y seguimiento se hará por medios remotos de comunicación electrónica, para lo cual la Secretaría implementará el programa informático que corresponda.
Artículo adicionado DOF . Reformado DOF