Ley [LOPSRM]

Articulo 52 ter

Ley De Obras Públicas Y Servicios Relacionados Con Las Mismas

Artículo 52 ter. La Secretaría en casos excepcionales autorizará que la elaboración, control y seguimiento de la Bitácora se realice a través de medios de comunicación convencional cuando las dependencias y entidades así lo soliciten en los siguientes casos:

  1. Cuando por virtud del sitio donde se realicen los trabajos existan dificultades tecnológicas que impidan llevar la Bitácora a través de medios remotos de comunicación electrónica;
  2. Cuando se ejecuten trabajos derivados de caso fortuito o fuerza mayor;
  3. Cuando el uso de la Bitácora a través de medios remotos de comunicación electrónica ponga en riesgo la seguridad nacional o la seguridad pública, en términos de las leyes de la materia, y
  4. Si las dependencias y entidades realizan de manera ocasional obras y servicios.
    IVa información contenida en la Bitácora podrá ser consultada por la Secretaría o por los órganos internos de control en el ejercicio de sus facultades de inspección, vigilancia y control.
El Residente deberá abrir la Bitácora con una nota de apertura previo a la fecha de inicio de los trabajos establecida en el contrato, en los términos previstos en el Reglamento de .

Artículo adicionado DOF

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