Ley [LOPSRM]
Articulo 81
Ley De Obras Públicas Y Servicios Relacionados Con Las Mismas
Artículo 81. Las responsabilidades y las sanciones a que se refiere la , serán independientes de las de orden civil penal o de cualquier otra índole que puedan derivar de la comisión de los mismos hechos.
Artículo reformado DOF