Ley [LOPSRM]

Articulo 83

Ley De Obras Públicas Y Servicios Relacionados Con Las Mismas

Artículo 83. La Secretaría conocerá de las inconformidades que se promuevan contra los actos de los procedimientos de licitación pública o invitación a cuando menos tres personas que se indican a continuación:

  1. La convocatoria a la licitación, y las juntas de aclaraciones.

    En este supuesto, la inconformidad sólo podrá presentarse por el interesado que haya solicitado aclaraciones a la convocante según lo establecido en el artículo de , dentro de los seis días hábiles siguientes a la celebración de la última junta de aclaraciones;

  2. La invitación a cuando menos tres personas.

    Sólo estará legitimado para inconformarse quien haya recibido invitación, dentro de los seis días hábiles siguientes;

  3. El acto de presentación y apertura de proposiciones de la licitación pública y de la invitación a cuando menos tres personas, y el fallo de la licitación pública y de la invitación a cuando menos tres personas.

    En la licitación pública y en la invitación a cuando menos tres personas, la inconformidad sólo podrá presentarse por quien hubiere presentado proposición, dentro de los seis días hábiles siguientes a la notificación del fallo en la Plataforma;

  4. La cancelación de la licitación o de la invitación a cuando menos tres personas.

    En este supuesto, la inconformidad sólo podrá presentarse dentro de los seis días hábiles siguientes a su notificación por el licitante que hubiere presentado proposición, y

  5. Los actos y omisiones por parte de la convocante que impidan la formalización del contrato en los términos establecidos en la convocatoria a la licitación, en la invitación a cuando menos tres personas o en .
En esta hipótesis, la inconformidad sólo podrá presentarse por quien haya resultado adjudicado, dentro de los seis días hábiles posteriores a aquél en que hubiere vencido el plazo establecido en el fallo para la formalización del contrato o, en su defecto, el plazo legal.
Tratándose de licitaciones públicas internacionales bajo la cobertura de tratados, el plazo para promover la inconformidad será de diez días hábiles.
En todos los casos en que se trate de licitantes que hayan presentado proposición conjunta, la inconformidad sólo procederá si es firmada conjuntamente por todos los integrantes de la misma.
Transcurridos los plazos establecidos en este artículo, precluye el derecho de los interesados a inconformarse.

Artículo reformado DOF , ,

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