Ley [LPAB]

Articulo 86

Ley De Protección Al Ahorro Bancario

Artículo 86.- Las relaciones de trabajo entre el Instituto y sus servidores públicos se regularán por la , y las condiciones generales de trabajo que al efecto se determinen. Los trabajadores del Instituto quedan incorporados al régimen del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado.

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