Ley [260]

Artículo 44 de Ley Del Servicio Profesional De Carrera En La Administración Pública Federal

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Ley Del Servicio Profesional De Carrera En La Administración Pública Federal (260)

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Artículo 44.- La Capacitación y la Certificación de Capacidades son los procesos mediante los cuales los servidores públicos de carrera son inducidos, preparados, actualizados y certificados para desempeñar un cargo en la Administración Pública. La Secretaría emitirá las normas que regularán este proceso en las dependencias.

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