Ley [LEBHN]

Articulo 10

Ley Sobre El Escudo, La Bandera Y El Himno Nacionales

Artículo 10.- El 24 de febrero se establece solemnemente como Día de la Bandera. En este día se deberán transmitir programas especiales de radio y televisión destinados a difundir la historia y significación de la Bandera Nacional. En esta fecha, las Autoridades realizarán jornadas cívicas en conmemoración, veneración y exaltación de la Bandera Nacional.

Artículo reformado DOF ,

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