Ley [LEBHN]

Artículo 23 bis de Ley Sobre El Escudo, La Bandera Y El Himno Nacionales

Texto íntegro, referencias y ley completa.

Artículo 23 bis.- En los eventos deportivos de carácter internacional que se celebren dentro del territorio nacional, el Abanderamiento y la ejecución del Himno Nacional, así como el uso de la Bandera Nacional, se ajustarán a lo previsto en el y a su Reglamento.

Artículo adicionado DOF

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