Ley [LEBHN]
Articulo 26
Ley Sobre El Escudo, La Bandera Y El Himno Nacionales
Artículo 26.- Cuando haya varias Autoridades o Instituciones que reciban la Bandera Nacional en un Abanderamiento, éstas deben proceder de conformidad con lo previsto en el Reglamento de .
Artículo reformado DOF