Ley [LEBHN]
Articulo 33 bis
Ley Sobre El Escudo, La Bandera Y El Himno Nacionales
Artículo 33 bis.- Los accesorios en que se reproduzcan la Bandera o el Himno Nacionales para efectos comerciales, deberán cumplir con los requisitos que establezca el Reglamento de , de conformidad con lo previsto en la .
Artículo adicionado DOF