Ley [LEBHN]
Articulo 48
Ley Sobre El Escudo, La Bandera Y El Himno Nacionales
Artículo 48.- Las embajadas o consulados de México, procurarán que en conmemoraciones mexicanas de carácter solemne, sea ejecutado el Himno Nacional.
Ley [LEBHN]
Ley Sobre El Escudo, La Bandera Y El Himno Nacionales
Artículo 48.- Las embajadas o consulados de México, procurarán que en conmemoraciones mexicanas de carácter solemne, sea ejecutado el Himno Nacional.