Ley [LEBHN]
Articulo 55
Ley Sobre El Escudo, La Bandera Y El Himno Nacionales
Artículo 55.- Compete a la vigilar el cumplimiento de ; en esa función serán sus auxiliares todas las autoridades del país. Queda a cargo de las autoridades educativas vigilar su cumplimiento en los planteles educativos. Lo anterior se llevará a cabo de conformidad con los reglamentos correspondientes.
Artículo reformado DOF