Ley [LFGR]
Articulo 49
Ley De La Fiscalía General De La República
Artículo 49. El incumplimiento de las obligaciones a que se refieren los artículos y de dará lugar al procedimiento y a las sanciones que correspondan.
Ley [LFGR]
Ley De La Fiscalía General De La República
Artículo 49. El incumplimiento de las obligaciones a que se refieren los artículos y de dará lugar al procedimiento y a las sanciones que correspondan.